jueves, 16 de junio de 2016

Principios orientadores

1.2. Principios orientadores


Las actuaciones en el proceso de cobro por jurisdicción coactiva se desarrollarán con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad, de conformidad con lo establecido por el artículo 3º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Igualmente las dudas que surjan en la interpretación de las normas sobre jurisdicción coactiva deberán aclararse o subsanarse mediante la aplicación de los principios generales del derecho procesal, de manera que se cumpla con la garantía constitucional del debido proceso, y se respeten el derecho de defensa y la equidad.

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