1.2. Principios orientadores
Las
actuaciones en el proceso de cobro por jurisdicción coactiva se desarrollarán
con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena
fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad,
coordinación, eficacia, economía y celeridad, de conformidad con lo establecido
por el artículo 3º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo. Igualmente las dudas que surjan en la
interpretación de las normas sobre jurisdicción coactiva deberán aclararse o
subsanarse mediante la aplicación de los principios generales del derecho
procesal, de manera que se cumpla con la garantía constitucional del debido
proceso, y se respeten el derecho de defensa y la equidad.
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